Antes de que el Centre Régional d’Investissement (CRI) o la Dirección General de Impuestos marroquí acepten un documento español, ese documento tiene que llevar la Apostilla de la Haya. Pero no todos los documentos se apostillan en el mismo sitio: los poderes notariales van al Colegio Notarial de la comunidad autónoma, los certificados del Registro Mercantil pasan primero por el Decanato del Colegio de Registradores y después se apostillan en el Ministerio de Justicia, y los certificados bancarios necesitan que un notario reconozca antes la firma del banco. Confundir estas rutas es la causa más habitual de retraso en la apertura de una filial. Marruecos es firmante del Convenio desde el 14 de agosto de 2016: el mecanismo existe y funciona, el problema casi nunca es legal, es de procedimiento.
Índice
1. Por qué la apostilla es el primer cuello de botella real de una implantación
2. Marco legal: Marruecos y el Convenio de la Haya de 1961
3. Los cuatro tipos de documento y quién los apostilla
4. Tabla: organismo, plazo y coste por tipo de documento
5. El poder notarial (procuration) para constituir sin viajar a Marruecos
6. Errores que retrasan el expediente en el CRI
7. Apostilla electrónica: cuándo sirve y cuándo no
8. Cómo lo gestiona ZAWAN dentro del pack Safe Landing
9. Preguntas frecuentes
1. Por qué la apostilla es el primer cuello de botella real de una implantación

Cuando una empresa española decide abrir una SARL en Marruecos, la conversación suele empezar por el capital social, el objeto social o la elección entre Tánger y Casablanca. La apostilla casi nunca aparece en esa primera conversación, y sin embargo es el primer punto donde el expediente se puede parar semanas antes de llegar siquiera al banco.
El motivo es sencillo: cualquier documento español que vaya a presentarse ante el CRI, la DGI o el banco marroquí necesita antes un sello que certifique que la firma, el cargo y el sello de quien lo expidió son auténticos. Ese sello es la Apostilla de la Haya. Sin ella, el documento no tiene validez fuera de España, por muy correcto que esté redactado.
El problema no es que el trámite sea complicado. Es que no hay un único sitio donde apostillar todo. Cada tipo de documento tiene su propio organismo, su propio plazo y, en algunos casos, un paso previo obligatorio que si se salta obliga a empezar de cero.
2. Marco legal: Marruecos y el Convenio de la Haya de 1961
El Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 suprime la exigencia de legalización diplomática entre los países firmantes y la sustituye por un único sello estandarizado: la apostilla. España forma parte del Convenio desde 1976. Marruecos se adhirió el 14 de agosto de 2016, lo que significa que, desde esa fecha, un documento español apostillado se reconoce directamente en Marruecos sin pasar por el consulado.
Esto es relevante porque antes de 2016 el proceso exigía legalización consular, mucho más lenta. Hoy la ruta es siempre la misma: apostillar el documento en España y después traducirlo. El orden importa la apostilla se pone siempre antes de la traducción jurada, porque el traductor jurado debe traducir también el propio sello de la apostilla, no solo el documento original.
3. Los cuatro tipos de documento y quién los Apostilla
No existe una «oficina de apostillas» única en España. La autoridad competente depende de qué tipo de documento se necesita legalizar, y equivocarse de organismo significa perder días o semanas.
Tabla de contenidos
Documentos notariales: Poderes y actas de junta
Los poderes de representación (la procuration que permite constituir la sociedad sin viajar a Marruecos) y las actas de junta son documentos notariales. La apostilla la pone el Colegio Notarial de la comunidad autónoma donde se firmó el documento, o los notarios en quienes el decano haya delegado esa función.
Documentos mercantiles: Certificados del Registro Mercantil
Un certificado de vigencia, de denominación social o de la matriz española expedido por el Registro Mercantil no se apostilla directamente en el propio registro. Habitualmente necesita, primero, el reconocimiento de firma del Decanato del Colegio de Registradores Mercantiles de España, y a partir de ahí la apostilla la coloca el Ministerio de Justicia, normalmente a través de las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. Es la ruta con más pasos intermedios de las cuatro, y conviene confirmarla con el Registro Mercantil de origen antes de iniciar el trámite, porque el circuito exacto puede variar según la comunidad autónoma.
Certificados bancarios
Un certificado bancario (por ejemplo, para justificar solvencia o el origen de fondos) no lo firma un funcionario público, así que primero necesita que un notario reconozca la firma del empleado del banco. Una vez reconocida esa firma, la apostilla la pone el Colegio Notarial correspondiente.
Documentos Administrativos y Fiscales
Certificados de la Agencia Tributaria u otros documentos administrativos también requieren, en muchos casos, un reconocimiento de firma previo antes de acudir a la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia, a las Gerencias Territoriales o a las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.
4. Tabla: Organismo, plazo y coste por tipo de documento
| Tipo de documento | Organismo que apostilla | Paso previo obligatorio | Plazo orientativo | Coste orientativo |
| Poder notarial (procuration), actas de junta | Colegio Notarial de la comunidad autónoma | Firma ante notario español | 2 a 5 días hábiles (varía por colegio) | Entre 15 € y 50 € por documento, según el colegio |
| Certificado del Registro Mercantil | Ministerio de Justicia (vía Secretarías de Gobierno de los TSJ) | Reconocimiento de firma por el Decanato del Colegio de Registradores | 1 a 2 semanas | Tasa administrativa + coste del reconocimiento previo |
| Certificado bancario | Colegio Notarial correspondiente | Reconocimiento notarial de la firma del banco | Similar al documento notarial una vez reconocida la firma | Coste del reconocimiento + apostilla notarial |
| Certificado de la Agencia Tributaria / documento administrativo | Ministerio de Justicia u órgano competente según el documento | Reconocimiento de firma cuando el organismo lo exige | Variable según el organismo emisor | Variable |
Estos plazos son orientativos y varían según el Colegio Notarial o la Secretaría de Gobierno concreta; conviene confirmarlos antes de fijar la fecha de constitución en el CRI, sobre todo cuando hay que encadenar varios documentos con plazos distintos.
5. El poder notarial (procuration) para constituir sin viajar a Marruecos
La mayoría de directores generales y CFOs españoles asumen que abrir una filial en Marruecos exige desplazarse semanas a Tánger o Casablanca. No es así. El proceso puede resolverse al completo con un poder de representación notarial, siempre que ese poder esté bien redactado y siga estos pasos en orden:
- Redacción del poder. El despacho en Marruecos redacta el texto en francés o en formato bilingüe español-francés, detallando con precisión las facultades que se otorgan: firmar los estatutos, abrir y gestionar la cuenta de bloqueo bancario, comparecer ante el CRI, solicitar el certificado negativo de denominación, entre otras.
- Firma ante notario español. El representante legal de la matriz firma el poder en una notaría en España.
- Apostilla. El Colegio Notarial correspondiente añade la Apostilla de la Haya al documento.
- Traducción jurada. Una vez apostillado, se traduce al francés (o al árabe, si el organismo lo exige) por un traductor jurado reconocido.
Un poder con facultades genéricas o mal definidas es una de las causas más frecuentes de rechazo en el CRI, incluso cuando la apostilla está correctamente puesta. El problema entonces no es de legalización, sino de redacción.
6. Errores que retrasan el expediente en el CRI
- Apostillar en el organismo equivocado. Llevar un certificado del Registro Mercantil directamente al Colegio Notarial, sin el reconocimiento previo del Decanato del Colegio de Registradores, obliga a repetir el trámite desde el principio.
- Traducir antes de apostillar. La traducción jurada debe incluir el sello de la apostilla, así que si se traduce primero, hay que traducir otra vez.
- No comprobar la caducidad del documento de origen. Algunos certificados (bancarios, de vigencia mercantil) tienen una validez limitada; si el CRI los recibe fuera de ese plazo, los rechaza aunque la apostilla en sí no caduque.
- Redactar el poder notarial con facultades insuficientes. Un poder que no menciona expresamente la apertura de la cuenta bancaria o la comparecencia ante el CRI puede no servir para esos trámites concretos.
- Confundir apostilla con legalización consular. Desde 2016 no hace falta pasar por el consulado marroquí en España; intentarlo solo añade pasos innecesarios.
7. Apostilla electrónica: cuándo sirve y cuándo no
España ofrece un sistema de apostilla electrónica a través de la sede del Ministerio de Justicia, con identificación mediante Cl@ve. Hoy este trámite telemático está limitado: solo aplica a determinados certificados emitidos directamente por el propio Ministerio y que ya llevan firma digital con sello electrónico oficial. Los documentos notariales no entran en esta vía los notarios utilizan su propio sistema de apostilla, distinto del portal del Ministerio.
En la práctica, para el paquete de documentos que suele necesitar una constitución societaria (poderes, certificados mercantiles, certificados bancarios), el trámite sigue siendo presencial o por correo postal en la mayoría de los casos. Conviene no planificar el calendario de constitución asumiendo que todo se resolverá online.
8. Cómo lo gestiona ZAWAN dentro del pack Safe Landing
ZAWAN asume la coordinación completa de este proceso como parte de su metodología Safe Landing: identifica qué documentos necesita cada expediente concreto, indica a qué organismo español corresponde cada uno, supervisa los plazos para que no se acumulen retrasos, y coordina la traducción jurada una vez colocada la apostilla. El objetivo es que la matriz española no tenga que descubrir por ensayo y error a qué ventanilla llevar cada papel, y que el representante legal no tenga que viajar a Marruecos para firmar nada que pueda resolverse con un poder bien redactado desde España.
9. Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio apostillar los documentos españoles para constituir una empresa en Marruecos?
Sí. Marruecos es firmante del Convenio de la Haya desde 2016, así que cualquier documento público español que se presente ante el CRI, la DGI o un banco marroquí necesita la apostilla para tener validez.
¿Dónde se apostilla un poder notarial otorgado en España?
En el Colegio Notarial de la comunidad autónoma donde se firmó el poder, o ante los notarios en quienes el decano haya delegado esa función.
¿Se puede apostillar un certificado del Registro Mercantil directamente en el registro?
Habitualmente no. Primero necesita el reconocimiento de firma del Decanato del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, y después se apostilla, normalmente a través de las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.
¿Cuánto tarda en apostillarse un documento notarial en España?
De forma orientativa, entre 2 y 5 días hábiles, aunque el plazo exacto depende del Colegio Notarial y del volumen de trámites del momento.
¿Hay que traducir el documento antes o después de apostillarlo?
Siempre después. La apostilla debe colocarse primero, porque el traductor jurado tiene que traducir también el propio sello de la apostilla.
¿Se puede apostillar online desde España?
Solo en casos concretos: certificados con firma digital emitidos directamente por el Ministerio de Justicia. Los documentos notariales y mercantiles, los más habituales en una constitución societaria, siguen un trámite presencial o por correo.
¿Qué pasa si el poder notarial no incluye la facultad de abrir la cuenta bancaria en Marruecos?
El CRI o el banco pueden rechazarlo para ese trámite concreto, aunque la apostilla esté bien puesta. El poder debe detallar de forma expresa cada facultad que se va a ejercer.
¿Es necesario viajar a Marruecos para constituir la sociedad si se usa un poder notarial?
No. Con un poder de representación bien redactado, apostillado y traducido, el proceso de constitución puede gestionarse desde España de principio a fin.
¿Necesita ayuda con la documentación de su filial?
Si su empresa está preparando la documentación para abrir una filial en Marruecos, ZAWAN puede revisar qué documentos necesita apostillar y en qué organismo, antes de que el calendario de constitución se vea afectado por un trámite mal encaminado. Agende una consulta gratuita con nuestro equipo.
Enlaces externos de autoridad
Ministerio de Justicia (España) — Legalización Única o Apostilla de la Haya
Colegio Notarial de Madrid — Legalización y apostillas
HCCH (Conferencia de la Haya) — Tabla de estados firmantes del Convenio de Apostilla

